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23.Sep.2009 / 08:02 am / Haga un comentario

Gandola EtotransPosibles acciones de imprudencia e ilegalidad por parte de la empresa Etotrans C.A, son investigadas a partir del siniestro que enlutó a 11 familias anzoateguienses y afectó la salud de 326 personas, el pasado miércoles 16 de septiembre, a consecuencia de la fuga de gas cloro que transportaba un camión de la mencionada compañía.
Informó el Gobernador del estado Anzoátegui, Tarek William Saab que en manos del fiscal 21 del Ministerio Público, reposa el informe arrojado por la inspección técnica «in situ» realizada por los cuerpos de seguridad y prevención de la entidad, en torno a las causas que ocasionaron la colisión en la autopista José Antonio Anzoátegui a la altura del sector Minifinca en el municipio Bruzual y posterior expansión de la sustancia química que trasladaba la empresa Etotrans C.A. desde el Zulia hasta el estado Sucre.
Indicó que de acuerdo a los resultados arrojados de la averiguación presentadas por el Cuerpo de Bomberos del estado Anzoátegui sobre las condiciones de seguridad de los vehículos involucrados en el hecho, se comprobó que el ayudante de la unidad marca Iveco que transportaba 17 cilindros contentivos de gas cloro, no presentó la documentación reglamentaria que debe poseer el transportista de acuerdo a normativas internacionales de seguridad y la Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos.
Tarek detalló que dicha persona no portaba la Guía de Respuesta de Emergencia que debe acompañar a la Guía de Despacho del Transportistas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 de la mencionada ley y en concordancia con la norma Covenin 3058; tampoco la Hoja de Datos de Seguridad de los Materiales (HDSM) sobre la sustancia o producto que transportaba, ni la Guía de Despacho del Transportista.
El especialista explicó que la carencia de esta documentación dificulta que en caso de siniestros como el ocurrido en las inmediaciones de la población de Clarines y que conmocionó a toda la comunidad anzoateguiense, los cuerpos deban actuar con conocimiento sobre la naturaleza de la carga y forma de transporte de la mercancía, y en consecuencia actuar con inmediatez y eficacia.
Agregó asimismo que las pesquisas revelan que las condiciones de la superficie de la plataforma del vehículo no se ajusta a lo indicado en el punto número 3.5.3 de la Norma Covenin 694 del año 1982, la cual estipula que las plataformas de cargas deberán estar diseñadas de tal manera que los cilindros no pueden rodarse, es decir, en estos casos deberá ser la de caballete corte cóncavo.

Hechos en detalle
Cabe recordar que el pasado 16 de septiembre se produjo una colisión en la Autopista José Antonio Anzoátegui, sector Minifinca, entre el vehículo marca Iveco propiedad de la empresa Etotrans C.A, que transportaba 17 contenedores de Gas Cloro y el vehículo marca Mack que transportaba perfiles laminados de hierro, que generó la rotura de tres contenedores, con una capacidad de 960 kilogramos, produciéndose de forma simultánea la emanación de vapores tóxicos al ambiente, uno de ellos sufrió la rotura y escape del agente toxico.
En su recorrido a un kilómetro aproximadamente, a la altura de la redoma de la Estación de Servicio Unare, se produce la caída de 10 contenedores más, por lo que el conductor detuvo la marcha, dos de estos recipientes metálicos presentaban roturas a nivel de falda y cuerpo de contenedores.

 

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